Una Orden del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio da vía libre para reordenar casi 180.000 metros cuadrados en el entorno de Vistahermosa del municipio.
El Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante Orden dictada con fecha de 24 de Noviembre del pasado año y publicada este Viernes, 7 de Enero, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, otorga su aprobación definitiva a la Modificación Número 14 de las Normas Subsidiarias de Alguazas que permitirá al Consistorio Local desarrollar un Plan Especial de Adecuación Urbanística que tendrá por finalidad reordenar 179.675 metros cuadrados que corresponden a unas 180 parcelas de suelo urbanizable de uso residencial y dotacional.
En virtud de esta planificación urbanística específica -que será gestionada mediante el sistema de cooperación y que viene a regularizar una situación de hecho existente desde finales de la década de los años 70 del pasado siglo-, el Ayuntamiento alguaceño procederá a la redacción de los correspondientes proyectos de reparcelación de este sector urbanizable de Vistahermosa sito al noroeste del casco urbano y enclavado en un entorno natural de gran riqueza paisajística y protegido de todo impacto medioambiental que incluye parajes como el Monte Anaor y el Cabezo de la Zobrina.
En este sentido, el citado Plan Especial de Adecuación Urbanística de Vistahermosa, aprobado con carácter provisional por la actual Corporación Municipal en su sesión plenaria celebrada el 10 de Julio de 2008 y ya de manera definitiva por la antedicha Orden del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio del Ejecutivo autonómico murciano, contemplará para su desarrollo la dotación de infraestructuras y servicios básicos de suministro de agua potable, saneamiento, colectores de pluviales, telecomunicaciones, alumbrado público, limpieza viaria e igualmente la creación de viales de acceso (en especial, con la Carretera MU-533), zonas verdes, carriles bici y espacios de recogida selectiva de residuos destinándose para ello una superficie mínima de 7.187 metros cuadrados contemplados como un Sistema General de Espacios Libres.
En definitiva, un Plan Especial de Adecuación Urbanística que regula una normativa de edificación en el sector urbanizable de Vistahermosa bien de viviendas unifamiliares bien de equipamientos dotacionales, siendo los requisitos para ello que las construcciones a reordenar y/o construir dispongan de una altura máxima de 7 metros equivalentes a dos plantas e insertas en parcelas de una superficie mínima de 350 metros cuadrados,
Paralelamente a esta regularización urbanística de Vistahermosa, el Ayuntamiento de la localidad ha incluido además en su Plan General Municipal de Ordenación Urbana, mediante su articulación como Sistema General de Espacios Libres, Protección y Mejora Ambiental, la preservación integral del entorno natural en el que se halla enclavado aquel sector urbanizable y que, abarcando una superficie de más de 315.000 metros cuadrados, está conformado por los citados Monte Anaor y Cabezo de la Zobrina, donde se encuentra el yacimiento arqueológico del mismo nombre perteneciente al Paleolítico Inferior, que viene a ser uno de los primeros asentamientos humanos en el municipio y cuya declaración como Bien de Especial Relevancia Cultural de la Región se halla en avanzada fase de trámite por parte del organismo competente en la materia, esto es, la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo del Gobierno autonómico murciano.
Asimismo, el Ayuntamiento volcará el aprovechamiento del mencionado sector no urbanizable del Sistema General de Espacios Libres, Protección y Mejora Ambiental, a otros sectores de desarrollo urbanístico sin causar con esta actuación ningún tipo de perjuicio a los propietarios de parcelas de dicho enclave.